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El papel del Abogado de Familia

El ejercicio de la profesión de abogado no comporta exclusivamente la defensa de los clientes delante de los Tribunales; tiene también una función social, que consiste en resolver de forma pacífica los conflictos. El abogado debe informar, aconsejar, asesorar y negociar, y en especial el asesoramiento jurídico tiene que ir destinado principalmente a la resolución pacífica del conflicto planteado, evitando un procedimiento contencioso, adversarial, tal como viene recogido en los estatutos de la Abogacía Europea, Española y Catalana , y en los estatutos de los colegios profesionales.

Pero esa función social tiene mayor trascendencia en el abogado de familia, ya que los conflictos afectan a la esfera de los sentimientos más íntimos de las personas y en muchos casos a los intereses de hijos menores o incapaces, que deben protegerse de forma prioritaria.

En base a ello, es fundamental en estos conflictos favorecer los procesos de mutuo acuerdo, ya que son los que inicialmente ofrecen una solución de más calidad, tal como se vienen pronunciando todos los foros de derecho de familia, especialmente recogidos en las conclusiones de distintos encuentros de Magistrados y Jueces de Familia y asociaciones de Abogados de Familia de España que se vienen celebrando desde hace varios años.

Por lo tanto se deben agotar todas las posibilidades de negociación con la otra parte antes de interponer una demanda contenciosa y para ello hay que dialogar, mantener reuniones entre las partes con sus respectivos letrados, informar a los clientes de las ventajas de iniciar el procedimiento de mutuo acuerdo, informar de la posibilidad de acudir a un proceso de mediación familiar, con el fin de conseguir un acuerdo entre las partes para resolver sus conflictos, sobre todo cuando existen hijos menores.

En los procesos de mutuo acuerdo se trata de que queden recogidas las medidas que las partes consideran más beneficiosas para la familia, para los hijos, que este proceso reduzca el nivel de conflicto y el estrés de las partes y las demás personas involucradas, y que se mantenga la relación parental existente entre los progenitores, ya que la separación o el divorcio, o la extinción de una pareja estable, comporta la ruptura de la relación de convivencia de pareja, pero no debería comportar la ruptura de su relación como progenitores, ya que esa condición persiste. Los hijos se van a ver menos perjudicados por la separación si los progenitores y los operadores jurídicos (jueces, abogados, mediadores, etc.) que les asesoran e intervienen en el proceso, ayudan a resolver de forma satisfactoria las medidas reguladoras que conlleva la ruptura de la relación de pareja y son capaces de cooperar entre ellos en la función y responsabilidad parental en el futuro.